La Seremi de Obras Públicas, Dahián Oyarzún, realizó un llamado a hacer un uso eficiente y responsable del recurso hídrico en nuestra región, considerando que el país vive una situación de sequía extrema.
En este marco, detalló la Seremi que el Ministerio de Obras Públicas, a través de la Dirección General de Aguas (DGA) ejerce fiscalizaciones del uso eficiente del recurso en tres ámbitos fundamentales: Infracciones al Código de Aguas; Supervigilar el funcionamiento de las organizaciones de agua (en nuestra región existe una, la Asociación de Canalistas Huertos Familiares, comuna de Natales, Provincia de Última Esperanza), y cumplimiento de compromisos ambientales, asociados al recurso hídrico, de proyectos ingresados en sistema de evaluación ambiental.
“Cumpliendo con la labor de fiscalización de la Dirección General de Aguas y considerando que es fundamental para nuestro Gobierno del Presidente Gabriel Boric el cuidado del agua, en lo que respecta a fiscalización de infracciones al Código de Aguas como extracción no autorizada de aguas, obras no autorizadas en cauce y extracción no autorizada de aguas, entre otras, en nuestra región durante el 2022 se abrieron 20 expedientes, de los cuales 16 fueron resueltos y de éstos, 5 derivaron en multas por 1.081 UTM”.
En tanto, a nivel nacional durante el año 2022 se abrieron 1.654 expedientes de fiscalización y se han resuelto 1.384 hasta la fecha (31 diciembre 2022). Además, se han cursado 555 multas por 82.182 UTM.
Durante este año 2023, por su parte, informó la Directora Regional de la Dirección General de Aguas, Lorena Olivares, la DGA ha abierto 2 expedientes por denuncias, las que están en trámite, y 4 de oficio -por iniciativa propia de la DGA-, de las cuales 2 están resueltas sin multa, ya que no se constató infracción.
Con dicha fiscalización y aplicación de multas, la DGA no persigue un fin recaudatorio, sino que disuadir a la población y titulares de derechos de incurrir en faltas al Código de Aguas. “Se busca que las personas realicen un correcto uso del agua, de velar por el equilibrio entre todos los usos del agua y el derecho humano a ella”, destacó la Seremi Dahián Oyarzún.
Como sostuvo la Seremi Dahián Oyarzún, el llamado a la comunidad es a denunciar situaciones anómalas, completando el formulario disponible en el sitio web de la DGA dga.mop.gob.cl con todos los antecedentes necesarios para dar con la ubicación exacta del eventual infractor y maximizar los recursos humanos y técnicos destinados a la fiscalización.
Procedimiento de fiscalización DGA
La Directora Regional de la Dirección General de Aguas, Lorena Olivares, explicó que las fiscalizaciones se pueden realizar por denuncia de un tercero, o bien, por una fiscalización de oficio –iniciativa propia de la DGA-. Para presentar una denuncia se debe completar el Formulario de Ingreso de Requerimiento de Fiscalización, el cual se encuentra disponible en la página web del Servicio y se puede ingresar de manera presencial por oficina de partes en las oficina regional de la DGA o remitir a los correos de denuncia regionales que aparece en la página web.
En el caso de fiscalizaciones de oficio, si la DGA toma conocimiento de hechos que puedan constituir infracciones al Código de Aguas, el jefe/a de Fiscalización debe completar el formulario específico para fiscalizaciones de oficio (iniciativa propia DGA).
Una vez que se declara admisible una denuncia o que se abre un expediente de oficio, se realiza una inspección en terreno a fin de constatar el hecho denunciado, completando in situ el Acta de Inspección en Terreno donde se deja consignado todo lo verificado en la inspección y la presunta norma infringida, en el caso que corresponda.
En el caso que se constate infracción, el acta debe ser notificada al presunto infractor mediante la entrega de una copia del Acta en Terreno, y si es que éste se encuentra en el lugar, de lo contrario, es posible comunicar el acta en terreno y notificar posteriormente.
Luego de esto, hay un plazo de 15 días hábiles para la formulación de descargos, y con todos los antecedentes a la vista, se analiza la pertinencia de abrir un Término Probatorio (la DGA o el eventual infractor puede solicitar la presentación de pruebas/testigos).
En caso contrario, se elabora el Informe Técnico de Fiscalización en el cual finalmente se basa la Resolución de Término. Dicha resolución se comunica o notifica a las partes, según corresponda, luego de lo cual existe un plazo de 30 días hábiles para que cualquiera de los interesados presente un recurso de reconsideración contra la resolución de término.En caso de no constatarse infracción al Código de Aguas, se cerrará el expediente, poniendo fin al procedimiento administrativo.